Tiene 180 días para adecuarse a la Ley

Demandaron al Poder Judicial Bonaerense por no cumplir el cupo laboral para personas con discapacidad

(17-03-2021) El Juez Francisco José Terrier, ordenó al Poder Judicial cumplir con el cupo laboral para personas con discapacidad. Deberá hacerlo en los próximos 180 días en concordancia con lo previsto en el art. 8 de la Ley 10.592. El grupo demandante tuvo el patrocinio de la Asociación Civil para la Igualdad y la Justicia (ACIJ).

Luego de que un grupo de personas con discapacidad visual y motriz iniciara una demanda, el Juez Terrier reconoció el derecho del colectivo a la garantía del cupo laboral en los términos de lo contemplado por la Ley. Por consecuencia, el Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires deberá cumplir con el cupo de 4% para personas con discapacidad. Para ello, dispuso la conformación de una mesa de trabajo y la adecuación en 6 meses del régimen de ingreso para personas con discapacidad.

En la actualidad el Poder Judicial bonaerense emplea a 135 personas con discapacidad, según lo informado por la Fiscalía de Estado provincial. Esto representa el 2,77% del total del personal por debajo del mínimo que exige el art. 8 de la Ley. La misma estipula que el Estado Provincial, sus organismos descentralizados, las empresas del Estado, municipios, personas jurídicas de derecho público no estatal creadas por Ley, las empresas subsidiadas por el Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos, están obligados a ocupar personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro (4) por ciento de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por ellas.

En la sentencia, el magistrado tuvo en cuenta, además, la diferencia de géneros en el acceso al trabajo de personas con discapacidad y su impacto. Se basó en estadísticas nacionales que dan cuenta que los varones con discapacidad presentan una tasa del 40,3% de empleo frente a un 25,8% de las mujeres con discapacidad. En este sentido, también consideró la inclusión en espacios de toma de decisiones de políticas públicas.

Así es, que si no fuera por el grupo denunciantes presentados en la causa como «Galeazzi Silvia Angela y otros», el Poder Judicial seguiría incumpliendo las leyes. Las personas denunciantes fueron patrocinadas por la ACIJ y el Director de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Discapacidad de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UNLP. Y la causa, fue tomada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de La Plata.

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