Cannabis Mecidinal
Se aprobó el Sistema de Registro del Programa de Cannabis
(12-03-2021) La ministra de Salud Carla Vizzotti firmó este viernes la resolución 800/2021. La misma establece la creación del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN). Quienes deseen acceder al registro deberán contar con usuario vigente en la plataforma Argentina.gob.ar
La resolución, publicada este 12 de marzo en el Boletín Oficial, especifica que «se registrará a los usuarios y usuarias que acceden a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado».
Los rangos permitidos van de 1 a 9 plantas florecidas, y hasta 6 metros cuadrados de superficie cultivada. No se permitirá el cultivo en exteriores y para el transporte o tenencia, se aceptan entre 1 y 6 frascos de 30ml o hasta 40 gramos de flores secas.
Para acceder al REPROCANN es requisito excluyente contar con indicación médica, y el permiso tendrá vigencia de 1 año desde el momento en que se emite.
Los usuarios y usuarias podrán inscribirse en el REPROCANN por sí o a través de un representante, y obtener autorización para cultivar para sí, para acceder al cultivo a través una tercera persona (cultivador) o a través de una organización civil autorizada a esos efectos
La inscripción en el Registro se realizará a través del link https://reprocann.salud.gob.ar.





